GUÍA JURÍDICA Y DE RECURSOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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VIOLENCIA DE GÉNERO




 Desde hace años en España ha comenzado un proceso de toma de conciencia social contra la violencia de género y ha dejado de considerarse como un fenómeno que pertenece exclusivamente al círculo o ámbito familiar y tiene mayor relevancia pública.

Dentro de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, la Comunidad de Madrid desarrolló la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de género donde quedan recogidas un conjunto medidas y programas de atención a las víctimas de violencia de género que han dado lugar a la consolidación de una completa red de atención integral.

Esta ley, considera violencia de género a toda agresión física o psíquica a una mujer, que pueda producir en ella menoscabo en su salud, su integridad corporal, libertar sexual o cualquier otra situación de angustia o miedo que coarte su libertad. También se considera violencia de género la que se ejerce sobre los menores y las personas dependientes de una mujer, cuando se agreda a los mismos con ánimo de causar prejuicio a dicha mujer.

Cuando una mujer está inmersa en un proceso de maltrato, le es difícil discernir entre si realmente lo es o no.


Es maltrato cuando tu pareja...

  • Te aísla de tu entorno familiar y de tus amistades, se ríe de ti y te critica delante de ellos.
  • Te humilla y descalifica.
  • Controla el dinero.
  • Toma decisiones que te afectan a ti o a tu familia sin tenerte en cuenta o tener en cuenta tu opinión.
  • Te amenaza si dices que dejas la relación, y utiliza el chantaje para que no lo hagas (te quitaré a tus hijos, te quedarás sola...).
  • Ignora tus sentimientos.
  • Te hace creer que no estar de acuerdo con él, es no quererlo.
  • Te obliga o te fuerza a tener relaciones sexuales.
  • Te golpea o da patadas, te da bofetadas, te tira del pelo, entre otros.
  • Rompe tus objetos personales.
  • Te amenaza con armas u otros objetos.
  • Empiezas a padecer: ansiedad, depresión, autoestima baja, miedo, dolores inespecíficos.
  • Comparte fotos tuyas íntimas en las redes sociales o en grupos de mensajería instantánea sin tu consentimiento.
  • Te presiona para que le proporciones las claves de acceso a tus redes sociales.

** Recuerda que el maltrato es cíclico, se repite y siempre va a peor **

Cuando decidas buscar ayuda o información ten en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Antes de abandonar el domicilio, prepara una pequeña maleta con tu documentación, libro de familia, tarjeta sanitaria, tarjetas bancarias (en el caso de que tengas alguna) ropa de cambio, etc. Ensaya previamente los pasos que tendrás que dar cuando te marches.
 
  • Si estás en casa y notas que su comportamiento es agresivo, procura estar lo más cerca de la puerta del domicilio.
 
  • Haz saber a un amigo, vecino o persona de confianza, lo que está sucediendo. Pacta con ellos una palabra clave para poder pedirles ayuda a través de mensajería instantánea.
 
  • Si crees que tu vida está en riesgo procura marcharte, lo primero es tu seguridad.
 
  • Si puedes llamar a la policía o vete a la comisaría más próxima. Busca a familiares o algún vecino o vecina que pueda ayudarte.
 
  • Acude a los servicios sociales de tu municipio donde te informarán sobre qué puedes hacer en tu situación y te darán apoyo adecuado para afrontarla.

Recuerda que es normal tener sentimientos contradictorios hacia el agresor y que una parte de ti justifique esos comportamientos violentos; piensa que esto es consecuencia del maltrato sufrido. Por eso, es importante que te mantengas en tu decisión.

No olvides que tienes derechos, la ley los protege y puedes recibir ayuda en los servicios sociales para afrontar la situación.

En la Comunidad de Madrid la Red de Atención Integral contra la violencia de género a través de la cual se proporciona información y asesoramiento:

  • Teléfono de atención
  • 012

El 012 es el teléfono de la Comunidad de Madrid, al que puedes acudir si sufres algún tipo de violencia de género, pero aún no has decidido denunciar. Está atendido por psicólogas y podrás recibir información sobre los recursos disponibles (jurídicos, administrativos y sociales).

Además, si se detecta una situación urgente o crítica se hace un desvío automático al teléfono de emergencia 112. Se ofrece la atención en inglés, francés y rumano.

Además, puedes contactar con nosotros a través del 016, desde el que nos derivarán tu llamada al 012, no dejando rastro en la factura.

  • Servicio de Orientación Jurídica (SOJ).

El Servicio de Orientación Jurídica quiere ayudar, acercar y facilitar el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia de género. Es de carácter gratuito. Una abogada se encargará de atenderte e informarte en la defensa de tus derechos, tramitación de reclamaciones y obtención de la asistencia jurídica gratuita.

Servicio de Orientación Jurídica S.O.J.
C/ Manuel de Falla no 7
Teléfono: 91 720 62 47



  • Puntos municipales del Observatorio Regional contra la Violencia de Género.

Integrada por los centros para víctimas de violencia de género y los 54 puntos municipales del Observatorio Regional de Violencia de Género, a través de ella ofrecemos distintos servicios de asesoramiento y atención a las víctimas y sus familiares.

Además, a nivel estatal el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, por medio de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, presta el Servicio telefónico de información y de asesoramiento jurídico en materia de violencia de género, a través del número telefónico de marcación abreviada 016.

​Además, las consultas se pueden dirigir por correo electrónico al servicio 016 online:

016- online@mscbs.es


¿Cómo afecta la violencia de género a los hijos?
​
Algunas personas pueden pensar que el maltrato a las mujeres no tiene por qué afectar a los hijos, e incluso muchas mujeres piensan que los hijos deben continuar conviviendo con el padre a pesar de ser testigos de los actos violentos que sufren.

Esta idea de que no perder la figura paterna es más beneficiosa para los hijos es errónea. Los comportamientos violentos siempre afectan a los menores.

La mujer víctima padece una alta tasa de estrés y aunque no sea su voluntad, lleva ese estrés a la relación que tiene con sus hijos. De esta situación, los hijos experimentaran problemas psicológicos y físicos como irritabilidad, trastornos afectivos, reacciones depresivas, trastornos psicosomáticos y del comportamiento (agresividad, oposición...). Los hijos siempre terminan sabiendo de los actos violentos de sus padres, por mucho que se intenten esconder.

Si un niño crece en un hogar donde predomina la violencia, interiorizará una serie de valores negativos, entre los cuales se encuentran, los estereotipos de género, las desigualdades entre hombre y mujer, la legitimidad en el uso de la violencia a la hora de resolver conflictos.

En algunos estudios, en los casos de las niñas, se ha observado que tienden a adaptar roles de sumisión, pasividad y obediencia y en el caso de los niños, roles de poder y privilegio.

La mujer no es en ningún caso la culpable de esta situación, no todas las mujeres reaccionan igual y, la mayoría de las veces, el hecho de que el maltrato esté afectando a los hijos da fuerza a muchas mujeres a romper el círculo en el que están inmersas.

La Ley te Protege

Dentro de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, se recoge en el artículo 32 que se han de considerar de forma especial la situación de las mujeres, que por sus circunstancias personales y sociales tengan más riesgo de sufrir la violencia de género o mayores dificultades para acceder a los servicios previstos en esta Ley, entre otras, las mujeres inmigrantes.

Si sufres violencia de género no debes tener miedo a denunciar, aunque no tengas autorización para residir y trabajar en España, tampoco si has venido porque tu esposo te haya reagrupado. Según esta ley:
  • Las mujeres extranjeras titulares de una autorización de residencia por reagrupación familiar ejercida por parte de su cónyuge, que sean víctimas de violencia de género, pueden obtener una autorización de residencia y trabajo independiente, desde el momento en que se hubiera dictado a su favor una orden de protección o, en su defecto, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.
 
  • Las mujeres extranjeras que se encuentren en España en situación irregular y sean víctimas de violencia de género, pueden solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales a partir del momento en que se hubiera dictado una orden de protección a su favor o, en su defecto, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género.
 
  • Si tienes hijos menores: En el momento de presentación de la solicitud, o en cualquier otro posterior a lo largo del proceso penal, la mujer extranjera, por sí misma o a través de representante, podrá solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales a favor de sus hijos menores de edad, o de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales en caso de mayores de dieciséis años, que se encuentren en España en el momento de la denuncia.

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

  1. Copia del pasaporte completo, o documento de viaje, en vigor, de la mujer extranjera y/o, en su caso, de sus hijos menores de edad. En su caso, este documento será sustituido por cédula de inscripción, en vigor.
  2. En su caso, documento por el que se otorgue la representación legal en favor de la persona física que formule la solicitud.
  3. Copia de la orden de protección o del informe del Ministerio Fiscal.

Mientras pueden concederte una autorización de residencia y trabajo provisional sin necesidad de que presentes un contrato de trabajo. Si el proceso penal termina con sentencia condenatoria ,si has solicitado la autorización de residencia y trabajo a la Delegación de Gobierno competente te la concederán en el plazo máximo de veinte días, desde que a la Oficina de Extranjería conste la sentencia. La duración de la autorización de residencia y trabajo será de cinco años.

En el plazo de un mes desde su concesión, la titular de la autorización habrá de solicitar, personalmente y ante la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía correspondientes, la Tarjeta de Identidad de Extranjero. Dicha tarjeta hará constar que su titular está autorizada a residir y trabajar en España, pero no su condición de víctima de violencia
de género.

Importante: No olvides que dispones de un plazo de seis meses, desde la fecha en que te notificaron la sentencia condenando al maltratador, para la presentación de la solicitud de una autorización de residencia por esta vía.

​
 
Recursos disponibles.

Punto Municipal I del Observatorio Regional de Violencia de Género
Teléfono 914 061 658
Fax 914 061 661
Correo puntomunicipalop@madrid.es

Punto Municipal II del Observatorio Regional de Violencia de Género
Teléfono 914 722 001
Fax 914 721 004
Correo puntomunicipalop2@madrid.es

UNIDAD DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS CON DISCAPACIDAD
INTELECTUAL – U.A.V.D.I. Atención psicológica, jurídica y social a
mujeres con discapacidad intelectual víctimas de abusos.
Teléfono 91 735 57 90 Extensión 712

PROGRAMA ATIENDE
Dirección de contacto: Dirección General de Igualdad. Calle Manuel de
Falla no 7
Teléfono 91 720 62 23

SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN TELEFÓNICA ESPECIALIZADA 012
Teléfonos 012 / 91 720 62 67


Programa de acompañamiento psicosocial a víctimas de violencia de género en el ámbito jurídico

Facilita información, orientación y acompañamiento a las víctimas de violencia de género en su paso por el sistema judicial. Procedimiento de derivación: profesionales de red de atención integral contra la violencia de género de la Comunidad de Madrid.

Teléfono: 012/ 91. 720 62 57 / 62 85 / 62 73


Servicio de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género (S.A.V.G. 24 Horas)

Teléfono 900 222 100
Correo savg24h@madrid.es

Centro de crisis 24 horas para la atención a mujeres víctimas de violencia sexual

Teléfono 900 869 947
Correo centrodecrisis@fundacion-aspacia.org


SERVICIO DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO (SOJ)

C/ Madrazo no 34 28014 - Madrid
Teléfono: 91 720 62 47


CENTROS RESIDENCIALES


DIRECCIÓN DE CONTACTO: Dirección General de Igualdad Calle Manuel
de Falla no 7 28036 Madrid


​
TELÉFONOS DE CONTACTO:

CENTROS DE EMERGENCIA: 91 720 62 66 – 91 720 62 66

CENTROS DE ACOGIDA: 91 720 62 71 – 91 720 62 71

PISOS TUTELADOS: 91 720 62 63 – 91 720 62 39

CENTROS DESTINADOS A VÍCTIMAS DE TRATA O ABANDONO PROSTITUCIÓN: 91 720 62 66 – 91 720 62 66

CENTROS PARA MUJERES JÓVENES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA: 91720 62 70 – 91 720 62 70

CENTRO PARA RECLUSAS Y EX RECLUSAS: 91 831 75 33 – 610 554497



CENTROS NO RESIDENCIALES

Centro para la atención integral a las mujeres víctimas de agresiones sexuales (CIMASCAM).

Tiene por objetivo proporcionar tratamiento psicológico, orientación, apoyo, asistencia y defensa jurídica a mujeres víctimas de acoso, abuso y agresiones sexuales y a los miembros de su entorno familiar. Además de asistencia directa, se realizan actividades de prevención, divulgación, sensibilización y formación, mediante la celebración de jornadas,
seminarios, etc.

Dirección: C/ Doctor Santero, 12 (Metro Cuatro Caminos).
Telf. 91-534-09-22/ Telf. consulta sábados: 618. 25. 13. 93
El horario es de 10 a 20h

Proyecto Esperanza.

Tiene por objetivo proporcionar tratamiento psicológico, orientación y apoyo jurídico a mujeres víctimas del tráfico de personas con fines de explotación sexual. Además de la asistencia directa, se realizan acciones de sensibilización y formación a la sociedad en general y a los principales agentes implicados.


Centro de día para mujeres Ayaan Hirsi Ali

Tiene como objetivo la atención a mujeres españolas e inmigrantes (magrebíes, especialmente) que se encuentran en situación de conflicto por violencia de género, por circunstancias personales, familiares o sociales. Ofrecen información y orientación psicosocial y jurídica, promueven la autonomía personal y la responsabilidad, fomentando la ayuda mutua. Cuentan con servicio de ludoteca y mediación.

Dirección: C/ Aduana 9 , Metro: Sol (líneas 1, 2, 3), Sevilla (línea 2), Gran
Vía (línea 5), Telf. 91-523.06.44.

Centro Día para Mujeres Pachamama

Tiene como objetivo la atención a mujeres españolas e inmigrantes (iberoamericanas, especialmente) que se encuentran en situación de conflicto por violencia de género, por circunstancias personales, familiares o sociales. Ofrecen información y orientación psicosocial y jurídica, promueven la autonomía personal y la responsabilidad, fomentando la ayuda mutua. Cuentan con servicio de ludoteca y mediación.

Dirección: C/ Lérida, 70, Metro: Estrecho (línea 1), Tetuán (línea 1), Telf.
91-572.05.12.

Como consecuencia de la firma de un protocolo de colaboración entre laComunidad de Madrid, la Fundación BT (British Telecom) y la Fundación Integra, se desarrolla en ambos centros de día un programa prelaboral de Formación en Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en las aulas informáticas de este Centro, dirigido a mujeres víctimas
de violencia de género y en riesgo de exclusión social.



Existen ayudas económicas disponibles:

Ayudas económicas de pago único para mujeres víctimas de Violencia de Género (Ley Orgánica 1/2004). Ayudas destinadas a prestar apoyo económico a las mujeres víctimas de violencia de género para las que quede acreditada insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo, con la finalidad de garantizar sus derechos.

​

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